Hospital Ramon y cajal: Más de 300 plazas de eventuales convertidas en interinos, más de 100 plazas de eventuales que pasan a sustitución de todas las categorías. La lucha sindical da sus frutos. Ccoo Hryc Madrid, CCOO siempre en la brecha!!
#RecuperarDerechos
Ahora a por la OPE Excepcional!!
Más de 13000 plazas en todo Madrid solo en la primera fase!
#EstudioEmpleoFSSCCOO.
miércoles, 20 de diciembre de 2017
PROCESO RECONVERSIÓN EVENTUALES A INTERINOS Y SUSTITUCIONES
lunes, 18 de diciembre de 2017
PROCESO DE EVENTUALES A INTERINOS
miércoles, 7 de junio de 2017
DEL HOSPITAL PUERTA DE HIERRO POR 135 CAMAS INEXISTENTES
jueves, 1 de junio de 2017
A finales del mes de Junio muchos trabajadores con contratos precarios firmaran ¡por fin! un contrato interino. A otros les dejan fuera (Incumpliendo acuerdos) pero quien firme un interino debe saber que, según el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud:
Los nombramientos de personal estatutario temporal podrán ser de interinidad, de carácter eventual o de sustitución.
Lo digo porque alguno va diciendo por ahí que los interinos tienen tres años de tope. Qué triste andar así.
miércoles, 10 de mayo de 2017
Presupuestos. ccoo denuncia que los pge agravarán la situación de los profesores interinos, al limitar la contratación temporal
CCOO ve incapaz a Sánchez Martos de afrontar los problemas de la Sanidad madrileña
Según esra organización sindical, pasados dos años de su nombramiento “no ha habido, hasta la fecha, ningún cambio significativo en la política sanitaria de la comunidad, más allá de un discurso menos agresivo contra lo público y de la realización de todo tipo de promesas, cuyo único objetivo parece ser el evitar conflictos sin realizar cambios de fondo”.
Exige que se cumpla el reconocimiento de Carrera
Denuncia listas de espera “inasumibles”
miércoles, 31 de agosto de 2016
CCOO rechaza el nuevo órgano consultivo en Sanidad de la Comunidad
La Comunidad publicó el borrador para crear el órgano colegiado de carácter consultivo el pasado 10 de agosto y el plazo de alegaciones (de 15 días hábiles) finalizaba este lunes.
Comisiones Obreras pide que se retire este proyecto y que se constituya el Consejo de Salud y considera que el actual plan tiene como objetivo "excluir a los sindicatos más representativos de la Comunidad de Madrid de los órganos de participación".
En la propuesta, publicada en el portal de transparencia de la Comunidad, se incluye la participación como vocales de 4 representantes de asociaciones de pacientes, 2 de ONG del ámbito de la salud, 2 miembros de asociaciones de clientes y usuarios y un representante de las asociaciones de vecinos madrileñas.
En el plan no figuran como vocales representantes de los sindicatos, lo que según Comisiones Obreras vulnera la legalidad vigente.
martes, 14 de junio de 2016
La especialidad de Enfermería Familiar y Comunitaria a través de la vía excepcional se encuentra en fase de revisión
Desde CCOO queremos informar que en la actualidad el Ministerio de Educación se encuentra en la fase de revisión de solicitudes con relación al acceso al título de especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria, a través de la vía excepcional, que no hay prevista ninguna fecha para la celebración del examen.
El Ministerio de Educación está informando a los profesionales que cualquier modificación de datos personales deben de comunicarlo solicitando a través del correo electrónico y evitar así tener problemas en su participación en el proceso.
En ningún caso hay que presentar nueva solicitud.
Los cambios en los datos de contacto se pueden comunicar a través de la siguiente dirección de correo electrónico: enfermeria@mecd.es reflejando lo siguiente:
- Datos personales (nombre, apellidos, DNI).
- Dirección a la que hay que dirigir las notificaciones.
- Teléfonos de contacto.
- Dirección de correo electrónico.
Publicada la Resolución por la que se resuelve el proceso extraordinario de consolidación de empleo para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Diplomado en Enfermería (Grupo II, Nivel 7, Área D)
Los aspirantes seleccionados deberán presentar, en la Calle Sagasta nº 6, la siguiente documentación:
a) Original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, del Documento Nacional de Identidad vigente o, en caso de no ostentar la nacionalidad española, del documento vigente que acredite las condiciones de edad y nacionalidad a las que se alude en los artículos 56 y 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, de la titulación académica exigida en el Anexo I de la Orden de convocatoria, o de la certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición de dichos títulos. En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, de la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de las funciones públicas conforme a lo dispuesto en el artículo 56.1.d) del citado texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. En el caso de ser nacional de otro Estado, además de la declaración anteriormente indicada, declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
d) En caso de haber superado el proceso selectivo por el cupo de discapacidad, original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, de la tarjeta o certificado vigente acreditativos del grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, expedidos por la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales u otro órgano competente para expedir dichas certificaciones, o, en su caso, del resto de la documentación a la que se refiere la base 3.7 de la ya reseñada Orden de 8 de enero de 2008.
e) Petición de destinos conforme al número de orden obtenido en el proceso selectivo, según la relación de puestos de trabajo ofertados, en la que figurarán determinadas características de los mismos, y cumplimentando para ello el modelo habilitado a tal fin.
Los puestos que se consignen erróneamente, no serán tomados en consideración a ningún efecto. Si como consecuencia de ello, el número de puestos elegidos resultase inferior al que corresponde por el orden obtenido en el proceso, o en caso de que se consignase directamente un número de puestos inferior a aquel que, por dicho orden, le corresponda al aspirante aprobado, se entenderá, a todos los efectos, que, de no resultarle adjudicado alguno de ellos, renuncia a la adjudicación, perdiendo todos los derechos derivados de este proceso que, en su caso, le hubieran correspondido.
De consignarse un número de puestos superior al que corresponda por el orden obtenido en el proceso selectivo, únicamente serán tomados en consideración los señalados hasta el número de orden que le corresponda al aspirante aprobado. Asimismo, con objeto de completar la información relativa a dichos puestos ofertados, las Subdirecciones Generales o Unidades en materia de personal de las Consejerías, Organismos Autónomos o Entes que, en su caso, correspondan, procederán, a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a la exposición en sus respectivos tablones de anuncios, de los datos relativos al turno y domicilio en el que están ubicados los referidos puestos, así como de cualquier otra información que pudiera considerarse oportuna y que resulte, igualmente, de su competencia, sin perjuicio de que se encuentren también disponibles, a efectos meramente informativos , en la página web www.madrid.org
El modelo a fin de cumplimentar la declaración jurada en los términos dispuestos en el apartado c), así como la documentación referida en el párrafo primero del apartado e), serán facilitados por la ya indicada Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, encontrándose, igualmente, disponibles en la página web http://www.madrid.org/sanidad, accediendo al enlace correspondiente a “Recursos humanos y empleo público”.