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jueves, 3 de febrero de 2011

LA FISCALÍA CUESTIONA LOS SERVICIOS MÍNIMOS DEL 29-S DICTADOS POR EL GOBIERNO DE LA COMUNIDAD DE MADRID

La Fiscalía de la Comunidad de Madrid ha emitido un informe en el que recomienda al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la estimación del recurso contencioso administrativo que presentó CCOO, al entender que el decreto de servicios mínimos dictado por la Comunidad de Madrid para la huelga del 29-S vulneraba el derecho fundamental de huelga, al carecer de motivación y por falta de proporcionalidad.
Desde CCOO se solicitó la anulación del Decreto y en caso de sentencia estimatoria que se diera traslado al Ministerio Fiscal, para que fueran depuradas las posibles responsabilidades penales que pudiera haber incurrido el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid. El citado acto puede ser constitutivo de un delito de prevaricación o contra los derechos de los trabajadores.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid ya anuló el Decreto promulgado por el Gobierno Regional, con motivo de la huelga general convocada el 20 de Junio de 2002.

En el escrito del fiscal se afirma que el Decreto de la Comunidad de Madrid "carece de motivación suficiente" y lo ejemplifica en los casos de los servicios mínimos establecidos en los Centros Hospitalarios, no Hospitalarios y en las Residencias de Mayores, entre otros. En todos ellos la motivación para decretar los mínimos fue "genérica", dejando en manos de la Administración o del Empresario su concreta fijación, "incumpliéndose de esta manera los criterios de la doctrina constitucional”.

En cuanto a la falta de proporcionalidad denunciada por CCOO, según el fiscal se decretaron unos servicios mínimos en algunos casos del 100%, sin motivar los criterios por los que se establecieron dichos mínimos en determinados organismos y ampliándolos sin haberlos calificado como servicios esenciales.

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