Los únicos ingresos públicos que reciben los sindicatos,
son las cantidades que perciben por realizar la función
social que tienen encomendada.
Subvenciones para la actividad sindical.- Estos ingresos
tienen una finalidad concreta: la realización de
cualquier tipo de actividad sindical dirigida a la defensa
y promoción de los intereses económicos y sociales de
los trabajadores. Son ingresos reflejados tanto en los presupuestos
generales del Estado, como en los de las Comunidades
Autónomas y se distribuyen por un criterio
absolutamente transparente, en función de la representatividad
obtenida en las elecciones sindicales, como
igualmente se hace en el caso de la financiación de los
partidos, que reciben unos más y otros menos, en virtud
de los diputados y votos que obtienen en las elecciones
generales, autonómicas,…
En efecto, la Ley Orgánica de Libertad Sindical señala
que el sistema de representación de los trabajadores y
trabajadoras se establece en las elecciones sindicales que
se celebran cada cuatro años en el seno de las empresas
de más de 5 trabajadores. En estas elecciones se pueden
presentar todos los sindicatos que reúnan candidatos suficientes
así como candidaturas independientes. Del cómputo
total de delegados y delegadas obtenidos se establecen
los porcentajes de representatividad que cada
organización ha alcanzado y en virtud de la misma se
distribuye la financiación que le corresponde a cada cual.
Los datos de representatividad provienen, por tanto, de
las elecciones sindicales; las cuales, si bien cuestionadas
por algunos sectores, tienen unos índices de participación
superiores a otro tipo de elecciones políticas, y abarcan
un universo amplio de sectores y empresas de todos los
tamaños.
Subvenciones finalistas.- Se trata de recursos, acordados
en los respectivos presupuestos del Estado y Comunidades
Autónomas, destinadas a los procesos de integración
de inmigrantes, igualdad de oportunidades y
de trato, integración de jóvenes, mujeres, programas de
erradicación de la drogodependencia y de la violencia de
genero, salud laboral..., que deben tener poco interés
mediático, porque de estas subvenciones poco se habla,
aunque para nosotros desempeñan un papel importante
para la cohesión social y el desarrollo de un sociedad
más equilibrada y solidaria.
Se cita reiteradamente en los medios de comunicación
como “fuentes de financiación de los sindicatos”, las
subvenciones de la formación para el empleo. En este
caso conviene hacer algunas apreciaciones.
La primera, que nos referimos a un derecho laboral recogido
en el artículo 40.2 de la Constitución así como en
todos los Estatutos reguladores de las relaciones laborales,
sea el de los Trabajadores, el de los Empleados Públicos,
el del Personal Estatutario del Sistema Nacional de Salud
o el de los Autónomos. Un derecho laboral que forma
parte, por tanto, de la negociación colectiva y de la acción
sindical.
La segunda es que, para hacer efectivo este derecho a la
formación, los recursos que tanto los sindicatos como la
patronal recibimos para la misma provienen de las cotizaciones
sociales que empresarios y trabajadores aportamos
escrupulosamente de nuestras nóminas para tal
fin. Estos ingresos recibidos tienen como origen, por
tanto, las rentas del trabajo. El tipo de cotización que se
aplica a la formación profesional es del 0,7% de la base
de contingencias profesionales y las cuotas se recaudan
conjuntamente con las del FOGASA y las de Seguridad
Social. Por tanto, no es renunciable nuestra participación
en un sistema que se financia con rentas del trabajo y
afecta directamente al desarrollo y formación de los trabajadores.
Otra apreciación importante, es que los recursos para
formación no son una financiación al sindicato sino que
son programas subvencionados “finalistas”; es decir, se
conceden para una finalidad concreta y no puede ser utilizada
para otra distinta, hasta el punto que si las actividades
programadas no llegan a realizarse o no se pueden
justificar convenientemente, las cantidades correspondientes
deben ser devueltas.
Una de las campañas para deslegitimar las actividades
sindicales, haciendo populismo barato, es el plan de recorte
del Partido Popular, donde plantea la reducción de
los cursos de formación que reciben al año más de 3 millones
de trabajadores como alternativa a la congelación
de las pensiones y a que los funcionarios vean reducido
su salario. No es posible hacer un recorte de estas características
porque una parte importante de la financiación
de los programas de formación profesional para el empleo
(el 80%) procede, como ya se ha dicho, de las aportaciones
de las empresas y de los trabajadores, y para tal fin
deben ser destinadas.
En conclusión, los agentes sociales, en este caso, lo único
que hacemos es gestionar unos recursos que son de los
trabajadores y trabajadoras y que van directamente a
una finalidad tan fundamental para las personas, las empresas,
y por extensión para el país, como es la cualificación
de nuestra fuerza de trabajo.
jueves, 24 de junio de 2010
3. Subvenciones: por actividad sindical, por participación y programas subvencionados.
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